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10 octubre, 2018 a las 6:19 am #22065

Jose María PérezSuperadministradorBuenos días, me gustaria hacer un foro más participativo, motivador e impulsor del estudio. La preparación on line implica más libertad a la hora de estructurarse el temario pero no por ello podemos aflojar el ritmo.
Cualquier duda es bienvenida para el grupo… recordar que si alguno se ve atrancado o superado puede ponerlo de manifiesto en el foro o enviarme un mensaje privado.
Es importante llevar un ritmo fluido y la constancia es el éxito de esta oposicion.
Espero vuestras contestaciones
Saludos.
15 octubre, 2018 a las 8:15 pm #22335
Jose María PérezSuperadministradorHola. Debemos ir marcando un ritmo concreto. Espero que lleveis leido detenidamente y esquematizado los temas del 1 al 7 de derecho.
28 octubre, 2018 a las 1:05 pm #24116
SALVADOR ADAM BORRÁSParticipanteHola,
No sé si este el foro adecuado, pero tengo una duda en base a una pregunta que salió en el último examen de Auxiliar Advo Estado, concretamente sobre el artículo 72 de la Ley 39/2015. Pues este artículo no lo veo reflejado en el temario y quería saber si entra para la convocatoria y en que parte del tema 10 está.
Gracias
29 octubre, 2018 a las 2:16 pm #24125
Jose María PérezSuperadministradorHola. El artículo 72 es el relativo a la concentración de trámites dentro de la fase de Ordenación del Procedimiento (1ª Inicio, 2ª Ordenación 3ª Instruccion 4ªFinalizació) . Significa que si puedes realizar de una vez varios impulsos del expediente no debemos esperar a hacerlo de forma sucesiva, es decir cuando se haya efectuado el primero. Imaginemos que debemos notificar un acto a 3 interesados distintos en un procedimiento y además tengo que solicitar un informe a un órgano consultivo como trámites necesarios para continuar el expediente… Si podemos realizarlos hoy todos a la vez el órgano está obligado a realizarlos de forma simultanea. Puede ocurrir que el procedimiento exija que hasta que no este la notificación acreditada en el expediente no se pueda pedir dicho informe… estos dos tramites se realizarían de forma sucesiva. Saludos.
Con respecto a no estar incluido en el tema, debo indicarte que el mismo trata de recoger de manera sistematica y didactica la ley de procedimiento administrativo común. Pero resulta imposible citar absolutamente todo su articulado ya que el tema seria infernal.
Se incluye por tanto en el tema 10 en el epigrafe «El procedimiento administrativo común y sus fases». Es un tema que da pie a preguntar cualquier artículo de la ley 39/15
SAludos
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